Derecho a Protestar

En nuestro país nos hemos acostumbrado a las protestas en las calles. La mayoría de los habitantes de las ciudades nos resultan incomodas por todo lo que implica, pero para una minoría les resultan útiles, pues es una de las últimas vías para que sean escuchados y se atiendan sus pretensiones.

Un hecho claro y evidente es que las vías institucionales están deterioradas, intentarlo resulta agotador, pues los procedimientos se han burocratizado y tardan meses e incluso años en resolverse. Una de las soluciones extrainstitucionales que cada día es más común, es la protesta.

Lamentablemente, quienes más la aprovechan, no siempre representan a la mayoría ciudadana, sino a grupos o movimientos con intereses muy particulares, pero lo más grave no es esto, sino la forma distorsionada en que se manifiestan, como son las protestas violentas, no sólo contra las autoridades, sino incluso contra los ciudadanos. Por otra parte las autoridades, envían fuerzas policíacas para mantener el orden, los cuales muchas veces no sólo reaccionan ante las agresiones, sino que aprovechan la oportunidad para reprimir a los manifestantes bajo las órdenes de superiores.
En Jalisco, es nota el día de hoy, que algunos manifestantes contra el sistema de transporte masivo Macrobús, fueron detenidos. Son seis personas las detenidas y hasta el momento se les acusa de cometer delitos de lesiones, pandillerismo, ataques a las vías de comunicación, daños a las cosas y contra la autoridad. En tanto, la otra parte, integrada por miembros de organizaciones sociales y familiares de los detenidos han expresado que es falso que hayan actuado de manera indebida, sino que por el contrario, fueron agredidos físicamente por los elementos antimotines y han interpuesto su queja ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Jalisco. El titular de esta última, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, ha manifestado que se están realizando las investigaciones, por lo que ha mantenido la prudencia, aunque recordó que es un derecho de los ciudadanos el de manifestarse.

Ante estos casos, generalmente se habla de los derechos, pero no de los límites de estos y mucho menos de sus deberes, lo que ocasiona que se ejerzan con exceso.

Nuestra Carta Magna estipula en su artículo 6º primer párrafo: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.”

La mayoría de las entidades estipulan como delito los ataques a las vías de comunicación, por ejemplo en Jalisco se le define en su artículo 125 primer párrafo como: “Se impondrán de tres meses a seis años de prisión al que por cualquier medio destruya, deteriore, obstaculice o impida el funcionamiento de las vías de comunicación o medios de transporte de uso público de jurisdicción estatal o municipal” Lo anterior justificaría la averiguación previa por parte del Ministerio Público, si aunado a lo anterior, se realizan actos violentos y otros delitos.

En cuanto a los otros supuestos que establece la Constitución, inclusive son más amplios, tales como: ataque a la moral, derechos de terceros y perturbaciones al orden público.

Pregúntele a un ciudadano del distrito federal y conocerá la situación tan grave a la que se está llegando, donde las manifestaciones son el pan de cada día y donde se afectan negocios y comercios, no sólo porque nadie entra por la zona, sino por la suciedad y delitos que se presentan.

¿Hasta dónde los manifestantes están ejerciendo una garantía individual con exceso?

¿Cómo ejercer su derecho de expresión, de manifestarse, dentro de un marco de la legalidad?
¿El derecho de protesta está necesariamente vinculado con atacar la moral, los derechos de terceros y perturbar el orden público?
¿Necesariamente surgirá un antagonismo entre la garantías individual de libre tránsito con la libertad de manifestación?

Desde mi opinión, no existe tal antagonismo obligatoriamente, pues sí existen alternativas, pero requiere innovación y creatividad en la forma de protestar y manifestarse.
Es evidente que el objetivo de protestar es conseguir la atención de la autoridad y en nuestros tiempos sólo se logra mediante la provocación de molestias o incomodidades o de escandalos mediaticos. Ahí está el gran reto de los líderes de organizaciones sociales, mejorar la forma de ejercer el derecho de protesta.

En cuanto a las autoridades, lamentablemente, algunos de sus elementos actúan ilícitamente bajo las órdenes de superiores con el fin de disipar las protestas incomodas y en otras, ante las acciones de inconformes, surgen reacciones poco tolerantes y respetuosas hacía los derechos humanos ocasionando lesiones a los manifestantes. El trabajo es muy difícil, pues deben mantener el orden y dentro de lo posible. Controlar las emociones ante las agresiones físicas moderadas (empujones) y verbales (groserias y más). Aunque será legítimo el uso de la fuerza pública cuando se comentan ilícitos, para ello, lamentablemente tendrán que probar con videos u otros recursos lo anterior, pues mediaticamente no se confia en los mismos

Por otra parte, existe la historia de otros ciudadanos que también resultan afectados, pues un amplio sector que no se queja o inconforma ante las autoridades, se ve afectada en sus derechos de libre tránsito la cual también está contemplado como garantía individual en el artículo 11, aunque también, en algunas ocasiones se ven afectados en sus propiedades y en sus ingresos al no poder ejercer su actividad comercial.

Aventurándonos al resultado de las investigaciones de la queja de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Jalisco, ésta será procedente, pues casi siempre así se resuelve dichas investigaciones, ya que por las noticias que se han vertido hasta este momento, existió un choque de actores de manera no pacifica y lo más común en dichos sucesos es que los derechos humanos de varias personas se vean lesionados.

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