Limitan Facultades a Secretaria Comunicaciones



La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó limitar aún más las facultades de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes al invalidar fracciones normativas del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT)

Después de concluir el juicio de controversia constitucional que promovió la Cámara de Diputados en contra del Ejecutivo por el reglamento de la SCT, la Corte determinó:

Que el titular de esta dependencia no le corresponde aprobar el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias de radiodifusión.

Invalidaron las atribuciones del titular de la SCT para aprobar los programas de concesionamiento de frecuencias de radiodifusión (radio y televisión gratuitas) así como para declarar desiertas las licitaciones que sean convocadas por la Cofetel para otorgar concesiones en esta materia.

También aclaró que el derecho que tiene el Secretario para “revisar, confirmar, modificar, o revocar” las resoluciones de los órganos desconcentrados de la SCT, de ninguna manera puede aplicarse a las decisiones de la Cofetel.

Los ministros reiteraron que todo lo relacionado con la radiodifusión, le corresponde decidirlo a la Cofetel, tal y como habían argumentado los legisladores.

Señala el periódico El Economista que " en las fracciones invalidadas durante la sesión de ayer se establecía que el titular de la SCT podía declarar administrativamente la caducidad, nulidad, recisión o revocación de las concesiones y permisos en la materia."

"Durante la sesión del lunes pasado, la SCJN también invalidó diversas fracciones del artículo 5 del Reglamento, y dejó sin facultades a la SCT para otorgar permisos en materia de telecomunicaciones, así como para conceder prórrogas, refrendos o modificar las concesiones en esta área."

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