Legislan la discriminación a gente de talla pequeña en México

Este 12 de Junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en su artículo 4°.

Éste define qué es la discriminación:

"Para los efectos de esta Ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, TALLA PEQUEÑA, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas."

Ahora se incluye explicitamente a las personas de talla pequeña.

No se define quienes están incluidos, pero en la exposición de motivos se refiere a las personas que padecen de acondroplasia, no obstante podría hacerse extensiva a personas que aunque no tengan ella también son bajos de estatura y que son discriminados principlamente por lo estipulado en la última parte del artículo citado.

Se pretendía incluir medidas compensatorias a favor de las personas con acondroplasia, sin embargo las Comisiones consideraron que le podría ser aplicable la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, lo cual no está del todo claro para muchos.

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