Perdón, fue un error.


In a sea of blue - Michoacan
Cargado originalmente por joven_60
El viernes pasado (04/09/2009) una nota destacada fue la decisión de la Procuraduría General de la República en el caso de la indígena otomí Jacinta Francisco Marcial, quien permaneció MÁS DE TRES AÑOS en la cárcel acusada de secuestrar a seis agentes del AFI en 2006.

La decisión de la PGR fue de presentar "conclusiones no acusatorias" en el proceso penal y por ende, lo más seguro es que sea puesta en libertad en unos días.



Aún quedará pendiente la reparación de los daños que se le ocasionaron. Situiación triste y lamentable, pues se reitera el principio de que uno es culpable hasta que demuestre lo contrario y si se es pobre, mujer e indígena la probabilidad aumenta.

Para mayor información puede visitar la página web de la Organización de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C http://centroprodh.org.mx/2008/index.php option=com_content&task=view&id=180&Itemid=28

El Código Federal de Procedimientos Penales establece lo referente a las CONCLUSIONES en el Título Séptimo y de acuerdo al Título Octavo artículo 298 Fracción I El Sobreseimiento procederá cuando el Procurador General de la República confirme o formule conclusiones no acusatorias

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