Normativa esencial para comprender la práctica de los residentes.
En su numeral 3.13 se menciona qué es una Residencia Médica.
"Residencia Médica, al conjunto de actividades académicas, asistenciales y de investigación que debe cumplir el personal que cursa una especialidad médica dentro de las unidades médicas receptoras de residentes reconocidas como sede o subsede, durante el tiempo establecido en los programas académico y operativo."
Así las cosas, es un alumno. La práctica de su especialidad debe ser prudente y el profesorado debe estar atento del desempeño de los mismos al atender a usuarios de servicios de salud.
En la realidad, en muchas ocasiones, se deja a los residentes que realicen sus labores con total libertad y lamentablemente sin el debido cuidado y cuando suceden malas prácticas o negligencias conlleva que sean citados tanto el residente como su profesor y el representante legal de la Institución donde se presta el servicio médico para conocer el caso a más detalle.
El Residente es ya un profesional de la salud pero a su vez es un alumno que estudia su especialidad. ¿El daño derivado por la probable negligencia se debió a las indicaciones y bajo la supervisión de su superior? ¿ Actuó por iniciativa propia o en contra de lo indicado por el médico responsable? ¿Debió el médico responsable estar atento y vigilando la práctica del alumno residente?
La norma oficial regula algunas disposiciones que deben cumplirse y por ello es relevante en lo que algunos denominan estatus jurídico del médico residente en México.
Asimismo no debemos olvidar y tener presente que el residente a su vez es trabajador como lo dispone la Ley Federal del Trabajo ( Artículo 353 A) y como lo ha sostenido la contradicción de tesis 308/2016 de la segunda sala de la SCJN, lo que muchas veces y en algunos casos ayuda a contextualizar los casos y problemáticas que se llegan a presentar, ya que las condiciones son arduas y dificiles para los residentes en nuestro País.
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