Reforma constitucional en materia de simplificación administrativa y digitalización

 

Dentro del Título Primero, Capítulo  I  "De los Derechos Humanos y sus garantías" se encuentra el artículo 25.

Este establece  diversas cuestiones referentes al desarrollo nacional. 


"Artículo 25. ...
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A fin de contribuir al desarrollo y bienestar de las personas, grupos, comunidades y sectores sociales y económicos, las autoridades de todos los órdenes de gobierno deberán implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y los demás objetivos que establezca la ley nacional en la materia."

Artículo 73. ...
I. a XXIX-X. ...
XXIX-Y.      Para expedir la ley nacional que establezca los principios y obligaciones a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas;
XXIX-Z. a XXXII. ..."

Desde un enfoque constitucional, el texto correspondiente al artículo 25 podría  considerarse un mandato programático vinculante, tales como obligaciones positivas para las autoridades de los tres ordenes de gobierno: Federal, Estatal y Municipal. 

Requerirá un  desarrollo  normativo para lo cual se prevee que sea a través de una Ley  Nacional que aplicará a todo el País ( misma que se deberá de publicar en un plazo que no exceda de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto, el cual inicia  el 16 de abril)  

La Ley Nacional como se señala  establecerá los principios y obligaciones a que deberán sujetarse los órdenes de gobierno en materia de simplificación administrativa, digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias y fortalecimiento de capacidades tecnológicas  públicas. 

Además el transitorio tercero menciona que la Ley deberá considerar por lo menos tres cuestiones:
1. Un modelo nacional de simplificación y digitalización de trámites y servicios.
2. Establecer la autoridad nacional en materia de simplificación y digitalización de trámites y        servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas   y publicas.
3. Prever herramientas de simplificación y digitalización de trámites y servicios.
    
 Tendrá una correlación  con otras  leyes, tales  como la Ley General de Mejora Regulatoria, la Ley de Gobierno Digital en algunos estados, y con principios de la Agenda Digital Nacional.

Las preocupaciones que se mencionaron en su momento en el debate fueron  el cuidado de los datos personales y la ciberseguridad  que se requerirá.  Todo ello implicará que se considere los presupuestos necesarios para dicho labor. 

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