El Decreto por el que se crea el Servicio Universal de Salud (SUS), emitido el 17 de abril de 2026, establece un mecanismo obligatorio de coordinación e integración entre las instituciones públicas de salud en México
Su objetivo primordial es garantizar el derecho a la salud mediante un acceso universal, efectivo, gratuito y de calidad para todas las personas, independientemente de si cuentan con seguridad social o no.
A continuación, se resumen los puntos clave y las implicaciones principales de este Decreto:
1. Funcionamiento del Servicio Universal de Salud (SUS)
Red Integrada: El SUS opera como una red que aprovecha la capacidad instalada de diversas instituciones, incluyendo el IMSS, ISSSTE, IMSS-BIENESTAR, PEMEX, Institutos Nacionales de Salud y hospitales federales.
Intercambio de Servicios: Las instituciones podrán compartir infraestructura y servicios médicos según su disponibilidad y especialidad.
Esquema de Compensación: Se establece un modelo financiero donde la institución a la que pertenece el paciente debe compensar económicamente a la institución que efectivamente brindó el servicio médico.
2. Herramientas Digitales y Registro
Padrón Nacional y Credencialización: Se creará un padrón nacional de usuarios basado en la CURP. Los ciudadanos recibirán una Credencial de Salud con códigos QR para validar su identidad y derechohabiencia en tiempo real.
Expediente Clínico Electrónico: La credencial estará vinculada a un expediente digital que permitirá al personal médico autorizado consultar el historial clínico, estudios y diagnósticos del paciente en cualquier institución del SUS, evitando la duplicidad de exámenes.
Aplicación Digital: Se desarrollará una plataforma para agendar citas, visualizar recetas y acceder al expediente desde dispositivos móviles.
3. Etapas de Implementación
La operatividad del intercambio de servicios se realizará de forma progresiva en dos fases principales:
Primera Etapa (1 de enero de 2027): Se priorizará la atención de urgencias, embarazos de alto riesgo, "Código Infarto", "Código Cerebro", vacunación universal, consultas de atención primaria y la continuidad de tratamientos críticos (cáncer, VIH, insuficiencia renal) si el paciente pierde su seguridad social.
Segunda Etapa (1 de julio de 2027): Se incorporarán servicios de radioterapia y estudios de alta especialidad como tomografías y resonancias magnéticas.
4. Implicaciones Principales
Rectoría y Control: La Secretaría de Salud ejercerá la rectoría del sistema, coordinando comités interinstitucionales para supervisar la operación técnica y financiera.
Obligatoriedad Presupuestal: Las instituciones deben presupuestar anualmente los recursos para las compensaciones por intercambio de servicios, bajo la vigilancia de la Secretaría de Hacienda.
Política de "Cero Rechazo": El decreto busca consolidar el "Humanismo Mexicano" en salud, asegurando que ninguna persona sea rechazada y reciba un trato digno en la red pública.
Plazos para Instituciones: Mientras la mayoría de las instituciones tienen un año para realizar adecuaciones normativas, PEMEX cuenta con un plazo de hasta tres años debido a su régimen especial.
En resumen busca que las instituciones trabajen de manera coordinada y compartan infraestructura mediante un esquema de intercambio de servicios, pero manteniendo su estructura y funciones actuales.
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