Servicio Universal de Salud. Se publica Decreto.

 

El Decreto por el que se crea el Servicio Universal de Salud (SUS), emitido el 17 de abril de 2026, establece un mecanismo obligatorio de coordinación e integración entre las instituciones públicas de salud en México

Su objetivo primordial es garantizar el derecho a la salud mediante un acceso universal, efectivo, gratuito y de calidad para todas las personas, independientemente de si cuentan con seguridad social o no.

A continuación, se resumen los puntos clave y las implicaciones principales de este Decreto:

1. Funcionamiento del Servicio Universal de Salud (SUS)

Red Integrada: El SUS opera como una red que aprovecha la capacidad instalada de diversas instituciones, incluyendo el IMSS, ISSSTE, IMSS-BIENESTAR, PEMEX, Institutos Nacionales de Salud y hospitales federales.

Intercambio de Servicios: Las instituciones podrán compartir infraestructura y servicios médicos según su disponibilidad y especialidad.

Esquema de Compensación: Se establece un modelo financiero donde la institución a la que pertenece el paciente debe compensar económicamente a la institución que efectivamente brindó el servicio médico.

2. Herramientas Digitales y Registro

Padrón Nacional y Credencialización: Se creará un padrón nacional de usuarios basado en la CURP. Los ciudadanos recibirán una Credencial de Salud con códigos QR para validar su identidad y derechohabiencia en tiempo real.

Expediente Clínico Electrónico: La credencial estará vinculada a un expediente digital que permitirá al personal médico autorizado consultar el historial clínico, estudios y diagnósticos del paciente en cualquier institución del SUS, evitando la duplicidad de exámenes.

Aplicación Digital: Se desarrollará una plataforma para agendar citas, visualizar recetas y acceder al expediente desde dispositivos móviles.

3. Etapas de Implementación

La operatividad del intercambio de servicios se realizará de forma progresiva en dos fases principales:

Primera Etapa (1 de enero de 2027): Se priorizará la atención de urgencias, embarazos de alto riesgo, "Código Infarto", "Código Cerebro", vacunación universal, consultas de atención primaria y la continuidad de tratamientos críticos (cáncer, VIH, insuficiencia renal) si el paciente pierde su seguridad social.

Segunda Etapa (1 de julio de 2027): Se incorporarán servicios de radioterapia y estudios de alta especialidad como tomografías y resonancias magnéticas.

4. Implicaciones Principales

Rectoría y Control: La Secretaría de Salud ejercerá la rectoría del sistema, coordinando comités interinstitucionales para supervisar la operación técnica y financiera.

Obligatoriedad Presupuestal: Las instituciones deben presupuestar anualmente los recursos para las compensaciones por intercambio de servicios, bajo la vigilancia de la Secretaría de Hacienda.

Política de "Cero Rechazo": El decreto busca consolidar el "Humanismo Mexicano" en salud, asegurando que ninguna persona sea rechazada y reciba un trato digno en la red pública.

Plazos para Instituciones: Mientras la mayoría de las instituciones tienen un año para realizar adecuaciones normativas, PEMEX cuenta con un plazo de hasta tres años debido a su régimen especial.

En resumen busca que las instituciones trabajen de manera coordinada y compartan infraestructura mediante un esquema de intercambio de servicios, pero manteniendo su estructura y funciones actuales.





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