NAVA - PAREDES Y EL PACTO POR ESCRITO


El día de ayer, a través del Twitter, me enteré con mucha sorpresa que sí existió un acuerdo POR ESCRITO entre César Nava y Beatriz Paredes.
El documento se denominó “CONVENIO DE COLABORACIÓN” y los signatarios fueron José César Nava Vázquez como Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) y Beatriz Elena Paredes Rangel como Presidenta del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI)
Asimismo, firmaron como testigos Fernando Francisco Gómez Mont Urueta y Luis Enrique Miranda Nava. Recordemos que el primero es actual Secretario de Gobernación del Gobierno Federal y el segundo, Subsecretario General de Gobierno del Estado de México.
El Convenio contiene 6 cláusulas que presentamos para su conocimiento:
Primera.- Las obligaciones y compromisos establecidos por las PARTES en el presente Convenio son aplicables a sus actividades políticas y electorales en el Estado de México.
Segunda.- Las PARTES sostendrán un diálogo permanente, ordenado y respetuoso respecto de los asuntos públicos del Estado de México, para lo cual se comprometen a establecer los mecanismos correspondientes.
Tercera.- Cada una de las PARTES se obliga a no utilizar la descalificación personal como herramienta para demeritar la imagen de su contraparte ante la opinión pública.
Cuarta.- Las PARTES se abstendrán de formar coaliciones electorales con otros partidos políticos cuya ideología y principios sean contarios a los establecidos en sus respectivas declaraciones de principios.
Quinta.- Las PARTES se obligan a revisar conjuntamente la normatividad jurídica que regula la formación y funcionamiento de las coaliciones electorales y, en su caso, promover las reformas correspondientes, a fin de evitar que dicha figura sea utilizada como instrumento de coyuntura electoral. Al efecto, deberán considerar, entre otros, criterios de temporalidad, compatibilidad ideología y de principios y cobertura territorial mínima.
Sexta.- El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia hasta el 31 de julio de 2011”
Se firmó el 30 de Octubre de 2009 y se expidió en cuatro tantos y como se puede apreciar, ni siquiera se habla de confidencialidad, aunque es evidente que estos asuntos no tienen la intención de hacerse públicos.
REFLEXIONES.

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