Más Contradicciones en Iniciativa a Ley de Transparencia

El día de hoy aparece en los periódicos un desplegado firmado por varias organizaciones y ciudadanos, en la que expresan su repudio a la iniciativa de reforma a la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco.

Algunas de las inconsistencias y errores que cuestionan son:

  • Contradiccción entre la fración VI del artículo 46 que establece que el Instituto de Transparencia (ITEI) tiene facultad de "proponer" sanciones por violaciones a la ley, sin embargo en la fracción III del artículo 102 Bis estipulan que el ITEI "Podrá emitir multas" y remitirlas a la Secretaría de Finanzas para que inicie el procedimiento. ¿Cuál debe aplicar?
  • Doble sanción por desobedecer resoluciones del ITEI, por una parte persiste el artículo 107 que castiga con amonestaciónpública y multa de 50 días de salario mínimo y por otra parte el artículo 105 sanciona con suspensión temporal del cargo y multa de hasta 300 días de salario mínimo.
  • También mencionan, que se pretende dejar que vía reglaments se pueda estipular las causales de clasificación de información confidencial y reservada ¿Qué que? Sí así es discreción vía reglamento.
  • Se pretende estipular que será supletoria la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios, lo que conllevaría a que no haya duda de que se puede impugnar las resoluciones del ITEI ante el Tribunal Administrativo y por ende quitarle poder al organismo autónomo.
  • Se amplía el plazo de respuesta de una solicitud, para pasar de 5 días a 20 días hábiles, lo que consideran excesivo y que puede conllevar a "burocratizar" el acceso a la información.
En fin el Despelgado le solicita a las Comisiones de Participación Ciudadana y la de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos del Congreso del Estado que retire el Dictamen y abra a debate público dicha propuesta.
¿Se impondrá la partidocracia o se escuchara a los ciudadanos que ya están levantando la voz?

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