Ajustes al procedimiento y asistencia social en juicios penales


Hoy se publica Decreto por el que se reforman los artículos 109 y 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

En concreto se incorpora como derecho  para las víctimas u ofendidos,  los  ajustes al procedimiento cuando tengan una discapacidad así como cuando sean adultas mayores y así lo requieran.

En cuanto a  los imputados el derecho a la asistencia social para  menores de edad o personas con discapacidad o personas adultas mayores.

Lo anterior es relevante para garantizar un proceso legal, justo y equitativo. Además de que  permite  que se cumplimente las observaciones internacionales y normativas que regulan tanto el tema de discapacidad, como de la niñez y adultos mayores.

Algunos beneficios se centran en el acceso a la justicia, la protección de los derechos fundamentales y un sistema judicial eficiente.

Las instituciones por lo tanto deberán seguir la normativa respectiva y pueden ser casos muy diversos, por ejemplo en el caso de personas con discapacidad las hay con discapacidad física, sensorial, mental o intelectual,  emociona o psicosocial. Cada una requerirá un ajuste diferente.






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