Endurecimiento penal contra quiénes cometan crueldad animal en Jalisco

 

El día de hoy se publica en el periódico oficial el Estado de Jalisco, Decreto 29576/LXIII/24 del Congreso del Estado que  reforma los artículos 305 y 306 del Codigo Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco. 

Estos artículos se refieren a la crueldad contra los animales.

Los cambios básicamente consisten en aumentar las penas tanto en años de cárcel como en las respectivas multas.

Vivimos en tiempos en donde colisionan dos posiciones. Por un lado la abolicionista  que busca limitar el poder punitivo del Estado. Un ejemplo es la reciente despenalización del aborto de Jalisco, publicada este  ocho de octubre en el Periódico Oficial El Estado de Jalsico.  

Por otra también vemos la posición contraria como el presente caso que es el endurecimiento penal con una legislación penal más severa. 

Entre ambas posiciones surgen interrogantes ¿Cuál es la mejor solución aumentar las penas o por el contrario crear otras alternativas que no sean la cárcel? ¿Es la mejor medida o se debe buscar alternativas? ¿Qué efectos tiene una u otra según estudios?  ¿Dependerá  del delito?  Son parte del debate que ha existido entre los estudiosos del derecho penal.  

Los cambios son respecto a las siguientes disposiciones:

El artículo 305 del Código Penal del Estado de Jalisco menciona: "...a quien de manera intencional realice actos de maltrato y crueldad sin que ponga en peligro su vida, causando lesiones a cualquier animal y que de manera evidente se refleje un menoscabo en la salud del animal, sin afectar de manera permanente el desenvolvimiento y las funciones propias del animal..."

El segundo párrado del artículo 305 : "...a quien con la intención de causar un daño a un animal, realice actos de maltrato y crueldad que lesionen de forma evidente y afecten de manera permanente las funciones físicas de un animal o que pongan en riesgo la vida del mismo."

En último párrafo referente a la reincidencia o abandono: "En los casos de reincidencia o  en el abandono de animales en la vía pública o la desatención por periodos prolongados en propiedad privada que pueda comprometer su bienestar..."

Y el 306 de la legislación mencionada: "A quien con la intención de causarle un daño le provoque la muerte a un animal..."

En el siguiente cuadro se puede apreciar el aumento de penas. Las multas aumentan a su vez .



Además de las penas de cárcel y multas mencionadas se contemplan no hay cambios en las otras penas que ya estaban contempladas.
Un hecho es que la conciencia por el buen trato a los animales cobra relevancia en nuestros tiempos. 

Hoy se habla más del tema entre juristas cuando antes no era lo común.

Hoy a su vez la sociedad está atenta a denunciar los casos de maltrato. Tales como el caso reciente sucedido en Jalisco. 


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